La Directiva 2010/31/UE, de 19 de mayo, relativa a la eficiencia energética de los edificios, obliga a expedir un certificado de eficiencia energética para los edificios existentes. El 5 de Abril del 2013 se aprobó el Real Decreto 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. La certificación de la eficiencia energética de un edificio existente es el proceso por lo que se verifica la conformidad de la calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio existente y que conduce a la expedición de un certificado de eficiencia energética del mismo. Es obligatoria para todos los edificios que no dispongan de Certificado de Eficiencia Energética, cuando sea objeto de contrato de compraventa y/o alquiler.
La etiqueta que indica la calificación de eficiencia energética es obligatoria para los edificios de pública concurrencia, sean de titularidad pública o privada, con superficie mayor de 500 m2 incluyendo los siguientes usos.
La obtención de la Certificación requiere una revisión de las siguientes características de los inmuebles:
El proceso de obtención de la Certificación Energética de Edificios Existentes CE 3 es el siguiente:
La Etiqueta Energética Certificada, informa del consumo global anual del inmueble, local o vivienda, según su uso.
Desde GRUPO SUR les ofrecemos un servicio integral de gestión de la CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA (CE 3). La unión de la experiencia y el conocimiento de GRUPO SUR nos permite ofrecerles la tramitación para la obtención de la certificación energética, de las instalaciones existentes. Los servicios ofertados incluyen desde la inspección inicial hasta todos los trámites administrativos necesarios para obtener la cualificación. Adicionalmente, en el caso que se encuentren deficiencias les podemos ofrecer desde el proyecto técnico en todos los aspectos (proyecto de obra, proyecto de instalaciones, dirección de obra, etc.) hasta la oferta económica para la realización de las obras (con personal propio de GRUPO SUR). Además, les recordamos que también realizamos el informe de la ITE. Los edificios de más de 45 años, están obligados a obtener el certificado de aptitud. Se establecen términos máximos para llevar a termino la inspección, de acuerdo con la antigüedad del edificio para pasar la ITE.
Tramitamos cédulas de habitabilidad, para primera y segunda ocupación. Realizamos gestiones relacionadas con la habitabilidad. Realizamos proyectos de obra, rehabilitaciones, levantamiento de planos, certificados, etc. No dude en consultarnos o en solicitarnos presupuestos, asesoramiento técnico, sin ningún coste inicial y sin compromiso.
Atentamente,
José Luis Castaño
Depart. de Gerencia
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